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10 de Octubre, Día Mundial de la Salud Mental. Decálogo de Derechos de los pacientes afectados por algún trastorno mental.

Jueves, 10 de octubre de 2013

10 DERECHOS DE LOS PACIENTES AFECTADOS POR ALGÚN TIPO DE TRASTORNO MENTAL

1.    Todos los enfermos mentales tienen derecho a ser tratados según los mismos criterios profesionales y éticos que los otros enfermos.

2.    Has de ser atendido por un profesional cualificado destinado a preservar y estimular tu independencia personal.

3.    Tienes derecho al mejor tratamiento posible y a ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se te apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación, que, en ningún caso, podrá comportar riesgo adicional para tu salud.

4.    A tu seguridad personal, a la protección de tu integridad física y mental, y a no ser privados de tu libertad ilegal o arbitrariamente.

5.    Todo aquello que cuentes a tu psiquiatra permanece únicamente entre él y tú. Además, tienes derecho a obtener copia de los datos que figuran en tu historia clínica así como a recibir un informe de alta en las condiciones establecidas legalmente.

6.    Tus convicciones políticas, socio-económicas, culturales, éticas, raciales, religiosas de sexo, edad u orientación sexual deben ser respetadas sin que interfieran en la relación existente entre el profesional y tú.

7.    Tienes derecho a tener por escrito y de forma clara, los servicios  que se te van a ofrecer  así como los gastos económicos que éstos conllevan, en el caso de que recibas tratamiento en una institución privada.

8.    De igual manera, has de poder acceder a toda la información necesaria, de una forma fácilmente entendible, para que puedas tomar conscientemente decisiones que afecten a tu tratamiento. Y una vez informado a  dar o negar tu consentimiento a toda actuación en el ámbito de la sanidad.

9.    Tienes derecho a ser reinsertado laboral y socialmente y a gozar de los mismos derechos y deberes que en este sentido pueda tener cualquier otro ciudadano.

10.  Tienes derecho a que tus familiares, amigos y demás personas vinculadas a ti reciban información y asesoramiento, poniendo especial atención en informar debidamente a tu cuidador o persona de apoyo principal.